23 diciembre 2016

Acerca de nuevas normativas en materia de semillas (3ª parte)






Un tercer lote de preguntas

¿Tienen sentido las afirmaciones de Gustavo Grobocopatel?

El Presidente de Los Grobo Agropecuaria SA (y de Grupo Los Grobo SA) afirma que es imprescindible fomentar la actividad de los semilleros multiplicadores. Que sin llegar a prohibir la multiplicación para uso propio, lo correcto es comprar la semilla todos los años.

No estoy extractando la opinión respecto del germoplasma y de los posibles eventos transgénicos.

Estoy tomando la parte de su opinión referida al hecho fabricar la propia semilla, esto es trillar en condiciones aptas para hacer semilla, maquinar y almacenar en igual forma, controlar el vigor y poder germinativo y finalmente curar y sembrar semilla manufacturada en todo el proceso por el propio usuario. A lo sumo, habiendo contratado el servicio de maquinado y eventualmente el de embolsado, pero partiendo de un grano propio devenido en semilla que nunca salió físicamente de su predio, o se movió de un predio propio o en explotación mediante arrendamiento a otro de la misma condición (abundaré luego sobre esto, sobre la Cuit involucrada y sobre los movimientos físicos de un predio a otro).


¿Tienen sentido las afirmaciones de CASEM?

La Cámara argentina de semilleros multiplicadores (CASEM) propone prohibir lisa y llanamente la venta directa de semilla original por parte de los criaderos cuando esté dirigida a productores. Ellos quieren que todo lanzamiento comercial de una nueva variedad sea a través de la intervención de algún semillero multiplicador.



Hasta la próxima.


Ing. Agr. Luis Villa
en Twitter @LuisVilla2805


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